lunes, 14 de noviembre de 2011

DORIYAKITÚ CON LAS ELECCIONES

RECLAMACION ANTE LAS MESAS ELECTORALES

Doriyakitú es el témino acuñado para los usos masivos de burocracia por parte de la población, y se propone, de cara a las elecciones, la difusión del derecho a presentar reclamaciones ante las mesas electorales por parte de todos los electores que deseen mostrar su disconformidad con el sistema electoral, con la democracia representativa vigente y con la democracia burocrática e ineficaz en la que vivimos, haciendolo a través de reclamaciones contra la votación y el escrutinio, que son las herramientas cuya configuración hace que nuestro sistema sea como es.

Punto 1: De cara al 20N es importante para las ciudadanos conocer su derecho a presentar reclamaciones y quejas contra la votación y el escrutinio, y ello en base al Art. 19 de la Ley Electoral, que se reproduce a continuación:

Artículo 99 de la Ley Electoral
1. Concluidas todas las operaciones anteriores, el Presidente, los vocales y los interventores de la Mesa firmarán el acta de la sesión, en la cual se expresará detalladamente el número de electores que haya en la Mesa según las listas del censo electoral o las certificaciones censales aportadas, el de los electores que hubieren votado, el de los interventores que hubieren votado no figurando en la lista de la Mesa, el de las papeletas nulas, el de las papeletas en blanco y el de los votos obtenidos por cada candidatura y se consignarán sumariamente las reclamaciones y protestas formuladas, en su caso, por los representantes de las listas, miembros de las candidaturas, sus apoderados e interventores y por los electores sobre la votación y el escrutinio, así como las resoluciones motivadas de la Mesa sobre ellas, con los votos particulares si los hubiera . Asimismo, se consignará cualquier incidente de los que se hace mención en el artículo 94.

Punto 2: ¿Qué papel tienen los presidentes y vocales de las mesas electorales? Artículo 135 de la Ley Electoral.
1. A los efectos de este capítulo son funcionarios públicos los que tengan esta consideración según el Código Penal, quienes desempeñen alguna función pública relacionada con las elecciones, y en particular los Presidentes y vocales de las Juntas Electorales, los Presidentes, vocales e interventores de las Mesas electorales y los correspondientes suplentes.

2. A los mismos efectos tienen la consideración de documentos oficiales, el censo y sus copias autorizadas, las actas, listas, certificaciones, talones o credenciales de nombramiento de quienes hayan de intervenir en el proceso electoral y cuantos emanen de personas a quienes la presente Ley encargue su expedición.

Este Artículo establece que el Presidente de Mesa es un funcionario público, por lo que si se niega a aceptar o a hacer constar alguna reclamación, estaría cometiendo un delito de los tipificados en el Artículo 139.6 de la Ley Electoral.

Punto 3: Cometen un delito si no te permiten poner tu reclamación. Art. 139.6 de l Ley Electoral.
Serán castigados con las penas de seis meses a dos años y de multa de seis a veinticuatro meses los funcionarios públicos que: 6) Nieguen, dificulten o retrasen indebidamente la admisión, curso o resolución de las protestas o reclamaciones de las personas que legalmente estén legitimadas para hacerlas, o no dejen de ellas la debida constancia documental.

Se adjunta un modelo de reclamación descargable, para que cada ciudadano pueda presentar su reclamación, con independencia de si después de hacerlo, decide votar o no votar, ya que hay que tener claro, que protestar y reclamar son una cosa, y que votar es otra distinta, y que pueden hacerse las dos, puede no hacerse ninguna, o puede hacerse solo una de ellas, pero la ley ofrece a la gente una herramienta para cada cosa, ya que para votar existe el voto, y para protestar existe la reclamación, ya que interpretar los votos que se emiten para protestar es algo que queda en manos de quienes reciben o no reciben el voto, siendo que la reclamación permite detallar y concretar nuestra protesta, queja o reclamación permitien usar el voto para lo que realmente fue concebido, es decir, para votar.

A continuación es necesario que tengáis el Modelo de reclamación, tomado de un modelo pro abstenciones, y que hemos modificado con intención de difundirlo para que pueda ser utilizado tanto por quienes votan como por quienes no lo hacen, ya que todos tienen derecho a reclamar y quejarse de las votaciones y los escrutinios, así como de todo el sistema electoral al que vertebran y representan tales actos, que deben ser presentados en un folio la reclamación, en otro folio el anexo I, y en otro folio el anexo II. El modelo consta de la reclamación en sí y de 2 anexos que deben llevarse todos por duplicado, para que el presidente de la mesa os firme la recepción de la misma y os lleveis una copia firmada por él para tener constancia escrita de vuestra reclamación, y poder denunciar en caso de que no sea incorporada al acta o publicada en la web de la Junta Electoral central. Lo más fácil es llevar los 3 documentos grapados y rellenados, aunque se pueden llevar plantillas sin rellenar para dárselas a la gente que quiera reclamar y no haya tenido conocimiento de este derecho antes de salir hacia la mesa electoral.

Punto 4: El modelo, formulario o plantilla, al que debeis incorporar vuestros motivos de queja, vuestro nombre, apellidos y dirección, y firmarlas en los espacios correspondientes:



RECLAMACION PRESENTADA EN LA MESA ELECTORAL CONTRA LA VOTACIÓN Y EL ESCRUTINIO PARA SER ENVIADA A LA JUNTA ELECTORAL DE ZONA, Y A LA JUNTA ELECTORAL PROVINCIAL PARA QUE LA REMITA A LA JUNTA ELECTORAL CENTRAL

D./Dª _____________________________________________________ , con D.N.I. número _____­_______________, residente en ______________________________________, provincia de ___________________________________, con dirección postal ______________________________________________________________________________,
y votante inscrito en el censo electoral del Municipio de ______________________________, presenta la siguiente
RECLAMACIÓN
ante su Mesa Electoral.
Una vez identificado correctamente ante los miembros de la Mesa Electoral,
HACE USO DE SU DERECHO A RECLAMAR CONTRA LA VOTACIÓN Y EL ESCRUTINIO
Por las siguientes razones:

1)VULNERACIÓN DEL PLURALISMO POLÍTICO: He emitido mi voto sin poder elegir entre todos los candidatos posibles, porque muchos candidatos han sido suprimidos de la lista a causa de no haber conseguido recoger los avales exigidos por la inconstitucional ley electoral vigente, que vulnera el principio de pluralismo político, restringiendo así los derechos de sufragio pasivo y, en consecuencia, también el sufragio activo, ya que no permite votar lo que realmente se quiere.
2) EL VALOR DE MI VOTO Y EL MÉTODO D’HONDT: Me veo obligado a votar a sabiendas de que el método D’Hondt es un método de reparto de escaños desproporcional que tiende a favorecer claramente a los partidos que más votos reciban, generando un sistema representacional de estructura bipartidista. Creo que esto atenta contra el  derecho constitucional de participación en los asuntos públicos.
3) COACCIÓN CONTRA LA ABSTENCIÓN: Me veo obligado a votar porque la abstención no es tratada justamente por la inconstitucional ley electoral vigente, siendo ignorada a la hora de ser representada en el Congreso, por lo que entiendo que el resultado del escrutinio debe ser anulado, a fin de que la voluntad de los ciudadanos manifestada a través de la abstención sea representada con escaños vacíos en la cámara, de forma que realmente se constituya el Órgano Legislativo del Estado en relación a datos reales de representación, sin interpretaciones arbitrarias y sin atribuir la soberanía de esos ciudadanos a ninguna fuerza política.
4) DESIGUALDAD EN EL VALOR DE LOS VOTOS: Los votos de los ciudadanos no tienen el mismo valor a la hora de atribuir escaños, ya que se atribuyen diferentes valores a los votos atendiendo a las circunscripciones territoriales, lo que vulnera el derecho a la igualdad entre las personas, y entre los votos de dichas personas, entendiendo que la solución al problema de las circunscripciones territoriales deberá solucionarse delimitando las competencias por materias entre unos órganos de representación territorial y otros, pero nunca mermando el derecho a la igualdad en el valor de los votos, por lo que procederá la anulación de las elecciones.
5) LA FALTA DE COMPROMISO ELECTORAL PRIVA DE EFECTOS A MI VOTO: Emito mi voto a sabiendas de que el programa electoral de los partidos políticos que concurren a las elecciones, que debería constituir un contrato con sus electores, es incumplido de forma sistemática sin que ello suponga ningún tipo de sanción legal a dichos partidos ni a sus representantes electos, por lo que reclamo que la Junta Electoral establezca un procedimiento para exigir el cumplimiento de lo prometido en los programas electorales, y no se admitan programas electorales sin garantías de cumplimiento, por lo que procederá la anulación de las elecciones.
6) MANIPULACIÓN MEDIÁTICA Y DESINFORMACIÓN SOBRE LA VOTACIÓN: La información que se me ha facilitado sobre los diferentes candidatos y sus programas electorales por parte de los medios públicos de comunicación ha sido muy incompleta, desordenada, abstracta, desequilibrada e insuficiente, por lo que entiendo que es posible que la intención de voto de los ciudadanos puede haber sido manipulada por quienes han difundido u ocultado dicha información, siendo aconsejable no interpretar el resultado del escrutinio que se haga conforme a la inconstitucional ley electoral vigente como si fuese la voluntad real de la población, por lo que procederá la anulación de las elecciones.
7) VOTO PORQUE TENGO MIEDO DE QUE SALGA ELEGIDO UN CANDIDATO CONCRETO CUYO NOMBRE PREFIERO OMITIR, por lo que deseo hacer constar que me siento coaccionado para participar en las elecciones y que lo hago para evitar los males mayores que me acarrearía el acto de no votar, votar nulo o votar blanco, a través de la inconstitucional ley electoral vigente, ya que ésta atribuye a los partidos mayoritarios mucha representación que no les corresponde por mandato ciudadano, sino por aplicación del sistema D'hont y el ninguneo sobre la abstención y los votos en blanco y nulos, por lo que procederá la anulación de las elecciones. 
8) MANIPULACIÓN MEDIÁTICA DE LA VOTACIÓN: Me veo obligado a emitir mi voto sin entender los programas electorales de los políticos, ya que son demasiado abstractos y genéricos, y encima me dicen que si no voto, mi voto irá a parar a algún partido que no me guste, por lo que creo que se me está coaccionando para que vote, so pena de hacer con mi voto lo que les da la gana, privándome totalmente de lo poco que queda en el sistema actual de mi derecho a participar de forma directa en los asuntos públicos, debiendo constar expresamente que mi voto no ha sido emitido libremente, por lo que procederá la anulación de las elecciones. 
9) INSUFICIENCIA DEMOCRÁTICA EN LA VOTACIÓN Y ESCRUTINIO: Mi voto es emitido únicamente cada 4 años, por lo que se emite sin capacidad para evaluar un periodo tan largo de tiempo, resultado insuficiente para ejercer un control efectivo sobre los representantes, por lo que reclamo que se celebren evaluaciones de los representantes cada año, que se haga mayor uso del referéndum para cualquier Reforma Constitucional o aprobación de Ley Orgánica, y que se permita a cada ciudadano usar su cuota de soberanía de forma personal y directa en la aprobación de cada ley, por considerar este sistema de votación y elección de representantes insuficientemente democrático, por lo que procederá la anulación de las elecciones. 
10) EL ESCRUTINIO CARECE PRUEBA DE LEGITIMACIÓN: El escrutinio final carece de un quórum de participación mínima claramente definido que legitime los comicios, excluyendo de la atribución de escaños a algunas formas de participación (voto en blanco, voto nulo y abstención) que, dado su alto porcentaje respecto al total de la población (cercano a un 35%), reflejan un síntoma de deficiencia representativa que debería deslegitimar las elecciones en las que haya poca participación, por lo que, en caso de que haya un total de votos nulos, en blanco y abstenciones superior al 50% de la población, procederá la anulación de las elecciones. 
11) RECLAMO UNA DEMOCRACIA 4.0 PARA LAS VOTACIONES: Mi voto no tiene la facultad de cambiar las leyes que regulan el sistema electoral, considerando dicha omisión en el valor del voto un grave recorte en la soberanía popular, ya que no se permite a los ciudadanos cambiar el actual sistema de votación y escrutinio, lo que lleva a su vez a una restricción del derecho a participar en los asuntos públicos, y permite que una vez que haya un órgano de representación del Estado, éste puede seguir recortando el valor del voto, de la participación ciudadana y de sus derechos, ocupando una posición de poder inexpugnable para los ciudadanos, por lo que aprovecho para reclamar una democracia 4.0 que me permita usar mi cuota de soberanía de forma directa. 

y,
de acuerdo con los Artículos 19, 99, 135 y el punto 6 del Artículo 139, de la LEY ORGÁNICA 5/1985 de 19 de junio, del Régimen Electoral General (BOE 147, de 20 de junio) -según redacción dada por la Ley Orgánica 8/1991, de 13 de marzo, para la mejora del procedimiento electoral (BOE número 63, de 14 de marzo. Artículo único, punto 30)-
RECLAMA Y SOLICITA a la Mesa Electoral:
1. que consten en la prescriptiva Acta de la Sesión Electoral:
- su presentación ante esta Mesa Electoral, su correcta identificación e inclusión en el censo electoral,
- que ha ejercido su derecho a presentar una reclamación contra la votación y el escrutinio.
- las razones por las que ha ejercido su derecho a presentar la reclamación.
2. que se adjunte esta reclamación, y sus anexos, al Acta de la Sesión Electoral.
3. que haga entrega a la Junta Electoral de Zona de su solicitud de confirmación de la consignación de la presente reclamación en el Acta de la sesión electoral (Anexo I).
4. que eleve a la Junta Electoral, a través de la Junta Electoral Provincial, su solicitud para que se incluya el texto íntegro de su reclamación en la página web de la Junta Electoral Central (Anexo II).

Firmado:
D./Dª ___________________________________________, D.N.I. número __________________,
En ______________________________________, a 20 de Noviembre de 2011.








De conformidad con la Ley 15/1999, de 13 de Diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, se informa que los datos personales contenidos en la presente reclamación y sus anexos han sido facilitados a los meros efectos de que sea debidamente tramitada la presente reclamación, solicitando expresamente que no se usen para ningún fin distinto del citado, y que se proceda a la cancelación de los mismos una vez haya finalizado completamente el procedimiento administrativo de reclamación, respetando el anonimato del reclamante en la publicación que tenga lugar en la Web de la Junta Electoral. 















ANEXO I

Solicitud a la Junta Electoral de Zona


D./Dª _________________________________________________ , con D.N.I. número _______________, residente en __________________________________, provincia de _____________________________, con dirección postal _____________________________________________________________________,
y votante inscrito en el censo electoral del Municipio de ______________________________________,



SOLICITA que:


Se le confirme oficialmente que la reclamación que presentó en relación con las elecciones generales celebradas el día 20 de noviembre de 2011, ante su correspondiente Mesa Electoral, ha sido debidamente consignada en el acta de la sesión electoral y se ha adjuntado a su documentación, junto con sus Anexos, de acuerdo con el Artículo 99 de la LEY ORGÁNICA 5/1985 de 19 de junio, del Régimen Electoral General (BOE 147, de 20 de junio) -según redacción dada por la Ley Orgánica 8/1991, de 13 de marzo, para la mejora del procedimiento electoral (BOE número 63, de 14 de marzo). (Artículo único, punto 30)-.

Se eleve esta reclamación, y sus anexos, a la Junta Electoral Central, a través de la Junta Electoral Provincial, de acuerdo con el Artículo 19 de la LEY ORGÁNICA 5/1985 de 19 de junio, del Régimen Electoral General (BOE 147, de 20 de junio).






Firmado:

D./Dª ________________________________________________________________________,

D.N.I. número __________________,

En ____________________________________________________, a 20 de Noviembre de 2011.






SR. PRESIDENTE DE LA JUNTA ELECTORAL DE ZONA DE _______________________________










ANEXO II

Solicitud a la Junta Electoral Central


D./Dª ____________________________________________ , con D.N.I. número ___________, residente en ____________________________, provincia de __________________________, con dirección postal ___________________________________________________________,
y votante inscrito en el censo electoral del Municipio de ______________________________,


SOLICITA que:

Junto con la publicación en la página web de la Junta Electoral Central (http://www.juntaelectoralcentral.es) de su Resolución y/o Acuerdo sobre esta solicitud, se incluya el texto íntegro de la reclamación presentada por el abajo firmante el día 20 de noviembre de 2011, ante su Mesa Electoral correspondiente en las elecciones generales celebradas el día 20 de noviembre de 2011.

Esta solicitud se fundamenta en:
- los principios generales establecidos en el Artículo 3 de la Ley de Procedimiento Administrativo (Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común) Artículo 3 punto 2. “Las Administraciones públicas, en sus relaciones, se rigen por el principio de cooperación y colaboración, y en su actuación por los criterios de eficiencia y servicio a los ciudadanos”. y Artículo 3, punto 5. “En sus relaciones con los ciudadanos las Administraciones públicas actúan de conformidad con los principios de transparencia y de participación”.
- el principio k) (Principio de transparencia y publicidad del procedimiento, por el cual el uso de medios electrónicos debe facilitar la máxima difusión, publicidad y transparencia de las actuaciones administrativas) del Artículo 4 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos. (TÍTULO PRELIMINAR: Artículo 4. Principios generales) y 
- el texto introductorio a la Resolución de la Junta Electoral Central, de 15 de septiembre de 2011, sobre comunicación y publicación de los acuerdos y votos particulares de la Junta Electoral Central), que afirma que:
"La disponibilidad de nuevas tecnologías de información y comunicación, la aprobación de disposiciones legislativas recientes que regulan su uso en el ámbito público y el reconocimiento expreso del principio de transparencia, una de cuyas vertientes es sin duda el acceso de los ciudadanos al contenido completo de los documentos públicos, ..."

Firmado:

D./Dª ______________________________________________________________,
D.N.I. número __________________,
En __________________________________________, a 20 de Noviembre de 2011.


SR. PRESIDENTE DE LA JUNTA ELECTORAL CENTRAL
Carrera de San Jerónimo, 36 - 28071 - MADRID






Se agradecerá a aquellas personas que redacten nuevos motivos para reclamar, que las incorpren a esta página como "comentarios" para que todos podamos leerlas e incorporarlas a nuestras reclamaciones si resultan de nuestro agrado. También cada persona es libre de suprimir o modificar las reclamaciones contenidas en la reclamación.

Un saludo a todos, y vamos a por el Doriyakitú con las elecciones!
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